Qué es y como funcionará la Guardia Nacional
Puntos más importantes para entender que es la Guardia Nacional.
Por definición, La Guardia Nacional es una institución del Estado que participará en la salvaguarda de la libertad, la vida, la integridad y el pleno ejercicio de los derechos de las personas, protegiendo su seguridad y patrimonio, así como los bienes de la Nación, en los casos y bajo las condiciones dispuestos en la Constitución y leyes.
Quiénes la integrarán
Las policías Militar y Naval, así como de la actual Policía Federal, y adicionalmente se convocará a civiles y a elementos de tropa para que se integren a la formación de nuevos elementos, los cuales recibirán formación y adiestramiento en planteles militares.
Qué formación recibirán
La Guardia Nacional tendrá un plan de estudios elaborado por las secretarias de Defensa Nacional, Marina, Gobernación y Seguridad Ciudadana se invitará a participar en ese proceso a la Fiscalía General y a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con pleno respeto a la autonomía de ambas instituciones.
Habrá capacitación teórica, práctica y entrenamiento físico castrense, así como formación académica y práctica en procedimientos policiales, derecho penal, derechos humanos, perspectiva de género, primeros auxilios, protección civil y otros conocimientos.
Qué mando tendrán
La Guardia tendrá una dirección civil que recaerá en la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, pero habrá una junta de Jefes con militares que será responsabilidad de la Secretaría de la Defensa Nacional.
Quién enjuiciará a los integrantes
Los delitos cometidos por integrantes de este cuerpo de seguridad serán conocidos por la autoridad civil correspondiente. Las faltas contra la disciplina militar serán conocidas por autoridades militares.
Ante qué autoridad presentarán a los detenidos
Los detenidos deberán ser puestos a disposición, sin demora, exclusivamente ante autoridades de carácter civil. En todos los casos, existirá un registro inmediato de la detención. Cualquier persona puede detener al indicado en el momento en que esté cometiendo un delito, poniéndolo sin demora a disposición de la autoridad más cercana y ésta con la misma prontitud, a la del Ministerio Público.
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