December 26, 2024

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Entra en vigor Código de Conducta de Cámara de Diputados

Entra en vigor Código de Conducta de Cámara de Diputados

Funcionarios sujetarán su comportamiento al ejercicio del servicio público de forma honesta.

La Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados dio a conocer el Código de Conducta del órgano legislativo, que establece la forma en que los servidores públicos deben aplicar los principios, valores y reglas de integridad.

El documento establece que los funcionarios sujetarán su comportamiento al ejercicio del servicio público de forma honesta y evitarán en todo momento solicitar, exigir, recibir o pedir de manera indebida bienes, dinero, favores, donativos o regalos, para sí o para terceros.

Igualmente, determina realizar de manera eficiente y eficaz las funciones de fiscalización, control y jurisdiccionales propias de la Cámara, además de las inherentes a las funciones que desempeñan los órganos de gobierno, comisiones o comités de la institución.

Sin conceder privilegios o preferencias

El Código de Conducta señala que no se deben conceder privilegios o preferencias a ninguna persona física o moral que indebidamente intente obtener algún beneficio para sí o para un tercero, o pretender que el sentido de uno o más votos se emitan para que un dictamen, ley o decreto sea o no aprobado por el pleno, en una o más comisiones, comités o instancias de toma de decisiones.

Indica que hay que utilizar los recursos financieros, humanos y materiales que les son asignados de manera eficaz, eficiente, con austeridad, economía, transparencia y honradez, llevando a cabo los programas y objetivos de la Cámara, sin utilizarlos para beneficio personal o de terceros.

Apunta que se debe garantizar el acceso a los empleos, cargos o comisiones disponibles con base en la experiencia, idoneidad y grado de estudios de los candidatos, en cumplimiento, en su caso, de las reglas y criterios establecidos para el personal del Servicio Civil de Carrera, y cerciorarse que las personas no estén inhabilitadas.

Servidores públicos de la Cámara otorgarán trato digno

Igualmente, no intervenir en la contratación de personas con quienes se tenga algún vínculo de negocio, personal o familiar, cumplir con horarios laborales y, en su caso, vigilar los de los subordinados; así como privilegiar las necesidades colectivas por encima de los intereses particulares o de grupo.

El Código de Conducta establece que los servidores públicos de la Cámara otorgarán trato digno, respetuoso y cordial a toda persona que por cualquier motivo se relacione con sus funciones, incluyendo a otros funcionarios de su mismo nivel, superiores y subordinados.

Tampoco deberán discriminar a nadie por su apariencia física, modo de hablar, idioma en el que se expresen, forma de vestir, de comportarse, color de piel, religión, situación familiar o económica, preferencias sexuales o políticas, origen étnico, estado civil, de género o sociales.

Aclara que las disposiciones también se aplicarán a los proveedores de bienes y prestadores de servicios con los que la Cámara de Diputados tenga alguna relación contractual.

 

NTX/HAF/SBR

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