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Corte española absuelve a infanta Cristina y condena a Urdangarin

Corte española absuelve a infanta Cristina y condena a Urdangarin

Madrid, 17 Feb (Notimex).- La Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, en el Mediterráneo español, condenó a Iñaki Urdangarin a seis años y tres meses de prisión, y absolvió de pena de cárcel a su esposa la infanta Cristina de Borbón, hermana del rey de España Felipe VI, por el llamado “caso Noós”.

En la sentencia emitida este viernes por la Sección Primera de la Audiencia, se condena al cuñado del monarca a siete años y un mes de inhabilitación para empleo o cargo público y una multa de 512 mil 553 euros, y todas las penas pueden ser impugnadas ante el Tribunal Supremo.

La Fiscalía pedía 19 años y medio de prisión para Urdangarin, quien con su exsocio Diego Torres encabezaba en la década pasada el Instituto Noós, a través del cual desviaron unos 6.2 millones de euros (6.6 millones de dólares) de los gobiernos autonómicos de Islas Baleares, Comunidad Valencia y el Ayuntamiento de Madrid.

En el caso de la segunda hija de los reyes eméritos Juan Carlos y Sofía, se le acusó de “cooperadora necesaria” en delitos fiscales (en impuestos de la renta en 2007 y 2008) a través de las sociedades empresariales en que participaba junto a su marido.

La Fiscalía no pedía penas de cárcel para la hermana del rey, pero la organización de extrema derecha Manos Limpias solicitó ocho años de cárcel, aunque al final el tribunal la absolvió.

Para ella sólo se impuso una multa de 265 mil 88 euros (282 mil 308 dólares) como corresponsable a título lucrativo a hechos imputados a su marido.

La Casa Real informó a medios de comunicación que tras conocerse la sentencia se expresa “respeto absoluto a la independencia del Poder Judicial”.

Los cargos por lo que se condena a Urdangarin son prevaricación, falsedad documental, malversación de caudales públicos, fraude a la administración pública, tráfico de influencias, y delitos contra la Hacienda Pública.

Para Diego Torres, la condena es de ocho años y seis meses de prisión, ocho años de inhabilitación para empleo público y una multa de un millón 723 mil 843 euros (un millón 835 mil 828 dólares).

Los delitos en su contra son prevaricación, malversación de caudales públicos, fraude a la administración pública, tráfico de influencias, delitos contra la Hacienda Pública y lavado de dinero.

Al expresidente de Islas Baleares, Jaume Matas, se le condena a tres años y ocho meses de prisión, así como a cuatro años de inhabilitación para empleo o cargo público por prevaricación, malversación de caudales públicos y fraude a la administración pública.

Para la esposa de Diego Torres, Ana María Tejeiro, como corresponsable a título lucrativo de hechos imputados a su marido se le condena a una multa de 344 mil 934 euros (367 mil 341 dólares) .

Los otros acusados que fueron condenados a penas de cárcel son el exdirector general de Deportes del gobierno balear de Jaume Matas, con 15 meses y dos días de prisión, lo mismo que al titular de la Fundación IllesSport, Gonzalo Bernal García.

El exdirector del Instituto Balear de Turismo, Juan Carlos Joaquín Alia, a un año y dos días de prisión, lo mismo que al exasesor de ese organismo, Miguel Ángel Bonet.

El tribunal absolvió a los otros acusados Miguel Tejeiro (absuelto por la retirada de la acusación), Marco Antonio Tejeiro Losada, Luis Lobón Martín, José Manual Aguilar Colás, Jorge Vela Bargués, Elisa Maldonado Garrido, Mercedes Coghen Alber, Alfonso Grau Alonso y Salvador Trinxet Llorca.

Con ello, se absuelve a los acusados de las tramas del “caso Noós” en la Comunidad Valenciana y de Madrid ligada a la candidatura de la capital española a los Juegos Olímpicos 2016.

La sentencia precisa que a instancia de Urdangarin y Torres, Matas instruyó de forma unilateral un contrato para el Instituto Noós, y se instruyó a Ballester, Alía, Bonet y Bernal a tratar de “revertir de legalidad” esas decisiones.

Torres y Urdangarin tributaron a través del Impuesto de Sociedades lo que en realidad eran rendimientos devengados como consecuencia de su actividad profesional, que debieron haber tributado a través del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se aplicaron deducciones a las que no tenían derecho.

Además, a través de un entramado societario internacional, radicado en Belice y en Reino Unido, Torres ocultó la cuota defraudada al erario público, hasta que la recuperó en depósitos de su cuenta bancaria.

El fallo 58/2015 fue adoptado por unanimidad por las tres magistradas del tribunal, la presidenta Samantha Romero, Rocío Martín y Eleonora Moyá.

De momento se desconoce si la Fiscalía pedirá medidas cautelares contra Torres, Urdangarin y Matas que incluyen una posible entrada en prisión tras conocerse la sentencia.

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