Estrés laboral, un reto para empresarios
La NOM 035 permitirá a empleados demandar por estrés laboral pero hay que conocer cómo se utiliza esta norma.
Las multas que se generen por la NOM 035 se aplicarán sólo a empresas que no implementen mecanismos de detección y prevención de problemas psicosociales en el trabajo, según la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) del Estado.
La Norma privilegia la valoración de problemas sicosociales al interior del centro del trabajo, como el estrés, dijo Marco Valerio Pérez, Secretario del Trabajo del Estado de Jalisco.
También considera aspectos del clima laboral, entre ellos el acoso, la sobrecarga de trabajo y la relación entre jefes y empleados, agregó.
Se cree que la entrada en vigor de esta Norma permitirá a los trabajadores demandar a sus jefes por estrés en el trabajo y que éstos deberán pagar multas de hasta medio millón de pesos.
Solo para empresas que no cumplen
Sin embargo, explicó Valerio Pérez, las multas se aplicarían sólo a aquellas empresas que falten en la implementación del protocolo que establece la NOM para identificar problemas psicosociales de los trabajadores, y en todo caso, si se comprueba que un trabajador sufre estrés a causa del trabajo, aplicaría una indemnización cuyo monto variaría dependiendo del caso.
Las obligaciones varían
Las compañías que tengan de uno a 15 trabajadores están obligadas a aplicar a sus trabajadores los cuestionarios anexos de la NOM para identificar los problemas de sus trabajadores, pero estarán exentas de inspecciones.
Las empresas que tengan más de 15 trabajadores sí estarán sujetas a revisiones de los inspectores de la Secretaría del Trabajo, detalló Valerio Pérez.
«Los que tienen de uno a 15 trabajadores están obligados a identificar y tienen que implementar medidas de prevención primordialmente, y están exentas de evaluaciones. De 16 a 50 trabajadores, primero hay que hacer la evaluación de todos y cada uno de su plantilla laboral, para valorar qué circunstancia tiene cada uno de los elementos que forman parte de la fuente de empleo. Identificar y valorar los factores de riesgo en el trabajo y las circunstancias psicosociales que puedan afectar.
«La diferencia entre los empleadores de 51 en adelante, tienen que elaborar programas inclusive para provocar sentido de pertenencia en el tema de los trabajadores a la empresa, una adecuada realización de las actividades recomendadas en cuanto a la valoración de los esquemas formales», agregó el Secretario del Trabajo”.
Leticia Rivera/ Jalisco/Mx